Inmersos en la sociedad del conocimiento, las tecnologías de la información y la comunicación (TICs) forman parte de nuestra vida cotidiana. Su uso está cada vez más extendido, siendo difícil imaginarse hoy en día un puesto de trabajo en el que no estén presentes en mayor o menor medida. Es por ello que los poderes públicos decidieron plasmar en la Ley Orgánica de Educación (LOE) de 2006 su uso, de manera que los alumnos (futuros trabajadores) alcancen las competencias necesarias que les permitan desenvolverse con normalidad a la hora de desempeñar un puesto de trabajo. Tampoco descuidó la LOE el uso de las TICS por parte del profesorado. De este modo, al emplear los docentes las TICS en el proceso de enseñanza-aprendizaje, se contribuye innegablemente a que los alumnos se familiaricen con las mismas, mejorando, por tanto, sus competencias en la materia, además de poner en práctica una nueva y necesaria herramienta para la educación.
Así, pues, a lo largo del texto que conforma la LOE, encontramos numerosas referencias al conocimiento y uso de las TICs.
¿Qué dice la Ley Orgánica de Educación?
- Preámbulo: es de destacar que ya en la introducción a la LOE se mencione a las TICs, citándo como uno de los objetivos de la Unión Europea y la Unesco garantizar el acceso de todos a las mismas. “(…) la Unión Europea y la UNESCO se han propuesto mejorar la calidad y la eficacia de los sistemas de educación y de formación, lo que implica mejorar la capacitación de los docentes, desarrollar las aptitudes necesarias para la sociedad del conocimiento, garantizar el acceso de todos a las tecnologías de la información y la comunicación, aumentar la matriculación en los estudios científicos, técnicos y artísticos y aprovechar al máximo los recursos disponibles, aumentando la inversión en recursos humanos”.
En cuanto al alumnado…
- Educación infantil: dentro del capítulo dedicado a la educación infantil (primera etapa educativa, no obligatoria) hallamos una referencia a las TICs, puesto que en el artículo 14.5 se encomienda a las Administraciones Públicas fomentar experiencias de iniciación temprana en TICs.
- Educación primaria: las TICs forman parte de los objetivos, así como de los principios pedagógicos de la educación primaria. Es objetivo de la LOE que los alumnos de primaria se inicien en la utilización de las TICs para el aprendizaje, desarrollando un espíritu crítico (art. 17.i). Forman parte, además, las tecnologías de la información y la comunicación de los principios pedagógicos establecidos por la LOE para esta etapa educativa, decretando que se trabajen en todas las áreas.
- Educación secundaria: de nuevo ordena la LOE que las TICs se trabajen en todas las áreas, tanto en primer, segundo y tercer curso (art. 24.7), como en 4º (art. 25.5).
- Bachillerato: las TICs se convierten, según la citada ley, en uno de los objetivos del Bachillerato (art. 33.g), ya que pretende que los alumnos las utilicen con solvencia y responsabilidad.
- Educación de personas adultas: no descuida la LOE la educación de personas adultas en la modalidad a distancia y su uso de las TICs ya que, tal y como se establece en el artículo 69, la oferta de este tipo de enseñanza debe incluir uso de tecnologías de la información y la comunicación.
¿Qué pasa con los profesores?
- Profesorado: si la LOE hiciese referencia únicamente al aprendizaje y uso de TICs por parte del alumnado, quedaría incompleta. Por ello, menciona también su uso por parte del profesorado y, así, en su artículo 102 dice “Las Administraciones educativas promoverán la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación (…) de todo el profesorado, independientemente de su especialidad, estableciendo programas específicos de formación en este ámbito”.
¿Con qué medios y recursos contamos?
La LOE marca que los centros públicos “dispondrán de la infraestructura informática necesaria para garantizar la incorporación de las tecnologías de la información y la comunicación en los procesos educativos” (art. 112)
En el artículo 157.f, dentro del Título VIII (Recursos económicos) encomienda a las Administraciones Públicas el establecimiento de programas de refuerzo del aprendizaje de las TICs.
Es, pues, un propósito de la LOE sentar las bases para que la utilización de las TICs sea algo normalizado, alcanzando los ciudadanos, a través de la educación y formación adquirida a lo largo de las diferentes etapas educativas, las competencias necesarias que les permitan desenvolverse con eficiencia en todos los ámbitos de la vida, no sólo en el laboral, puesto que, como quedó expresado, las TICs forman parte de nuestro día a día.
Imagen: blogsF.com, Universidad de Sevilla